Una vez que ha fallecido el propietario de los bienes, hasta entonces nacen los derechos hereditarios para sus parientes, de hecho la ley prohíbe terminantemente realizar cualquier tipo de convenio sobre una herencia futura, es decir, sin que haya fallecido el propietario.
Pues bien, una vez que falleció la persona (de cujus, según el «argot» jurídico) los herederos tienen las siguientes 3 posibilidades para disponer de sus derechos:
1.- Repudio.- Antes de ser declarado heredero (ver tema aparte sobre el procedimiento para recibir una herencia) puede una persona manifestar su negativa a recibir la herencia, eso es el repudio. Los efectos jurídicos del repudio son 2, como no se aceptó la herencia, no adquiere ningún derecho el heredero ni, por lo tanto, paga ningún impuesto, por otro lado, como se trata de decir «no quiero», no es posible decir «no quiero, pero quiero que mi parte sea para fulano» eso se equipara a una cesión de derechos y fiscalmente tendrá 2 impuestos a pagar uno por adquirir el heredero y otro por adquirir el que recibe la cesión, como lo explico mas adelante; el segundo efecto jurídico es que se incrementa la proporción que les corresponde a los herederos que si aceptarán la herencia, es decir, si eran 5 herederos y repudia uno, en lugar de dividirse entre 5, ahora la herencia se dividirá entre 4 y en lugar de una quinta parte para cada uno ahora su porción se incrementará y recibirán una cuarta parte de la herencia (decía mi abuelita: «entre menos burros mas olotes»).
2.- Cesión de derechos.- Una vez que existe la declaratoria de herederos, hasta entonces hay la certeza jurídica de que se tiene derecho a la herencia, y con esa certeza, puede el heredero ceder sus derechos (los demás coherederos tienen preferencia para adquirir esos derechos, solo para el caso de que no quisieren o no pudieren adquirirlos, podría entonces cederse a un extraño). Aquí el problema es fiscal, porque la ley prevé que son 2 personas las que están adquiriendo, primero el heredero y luego quien adquiere la cesión (cesionario), por lo tanto deben pagarse 2 impuestos, además el primer impuesto debe pagarse a la fecha de la cesión de derechos, el problema es que siempre se pagan hasta la escrituración y, si la cesión se hizo un año antes, pues se tendrán que pagar impuestos con recargos (ver tema aparte de impuestos).
3.- Vender sus derechos al momento de escriturar.- Aquí propiamente ya no estamos hablando de derechos hereditarios, estamos hablando de derechos de copropiedad, puesto que el Notario hará constar en su escritura que los herederos adquieren la propiedad del bien y uno o algunos de ellos venden esos derechos de copropiedad en favor de otra persona, prácticamente los efectos son los mismos que los de la cesión, con la diferencia de que todos los impuestos (que también se causan por 2 adquisiciones) se pagan con fecha actual.
Hay que tomar en cuenta que para poder vender, se requiere de ser propietario y para ser propietario en una herencia, se deben «adjudicar» los bienes a favor de los herederos. El fisco sabe muy bien de esta situación y también sabe que podrían eludirse impuestos si quien vende es la sucesión, es decir brincarse la adjudicación de los bienes, por esa razón el fisco va un paso adelante y dice que aunque no se lleve a cabo la adjudicación, deberán pagarse los impuestos correspondientes como si se hubiera hecho más los respectivos impuestos del comprador (diría mi abue: «más sabe el diablo por viejo, que por diablo»).
Si va a comprar un inmueble de algún heredero o de una herencia, antes de formalizar su operación o dar algún anticipo y meterse en problemas, mejor acuda con el Notario de su confianza e infórmese sobre los pasos a seguir, él le orientará para que su inversión sea segura y no firme ningún contrato privado sin antes consultar a su Notario (vea aquí las consecuencias de firmar contratos privados o cómo hacer un contrato sin tanto riesgo).
Si el problema ya se tiene encima, también existe la opción de llevar a cabo un contrato de mediación para reforzar el acuerdo, en dado caso contáctame en ocampoarch@hotmail.com para que pueda ayudarte.
Si te gustó este blog da click en “Apoyo” arriba, bajo el agua o en el menú del lado izquierdo.
Me gustaría que me dieran un asesoramiento con respecto a lo siguente:
Estoy casado desde el año 1982, me case por bienes mancomunados, en el año de 1996 me separe y en el 2004 fallecieron mis padres los cuales nos dejaron, a los 5 hermanos que aún vivimos, la casa en la que ellos vivian, mi pregunta va en el sentido de que sucede con respecto a la herencia de la casa con relación a la sociedad conyugal que forme con mi esposa?
Hola Juan Antonio
Acá en el DF la ley dice que los bienes que se adquieran por herencia NO entran en la sociedad conyugal SALVO convenio en contrario, el problema es que en la capitulaciones matrimoniales que se firman de machote en el Registro Civil dice algo así como «los cónyuges pactan que TODO lo que adquieran durante el matrimonio formará parte de la sociedad conyugal».
Yo entiendo por TODO también las herencias. Por otro lado el estado civil de una persona es o casado o soltero, si viven separados eso no te hace soltero, únicamente el divorcio te hace soltero.
Saludos.
hola.
Cuanto tiempo tengo para denuciar una casa intestada y en donde té localizo para platicar mas afondo.
Saludos.
Hola Javier
No existe un tiempo determinado si es que nadie más la ha denunciado.
Me encuentras en ocampoarch@hotmail.com, en el DF al tel 5687-4560.
Saludos.
Hola…por favor puedes aclararme lo siguiente?
Mis papaás se casaron por bienes mancomunados, su casita la escrituraron a nombre de los 2, ahora bien, papá fallecio el pasado abril y no dejo testamento, yo digo que la casa pasa totalmente a nombre de mi mami…..
pero mi hermana dice, que no es así, que a ella por ser la mayor le corresponde una parte de la casa de mamá…porque papá no dejo testamento…
Por otro lado, quiere que mi hermano firme para anular el testamento que hizo mamá….por favor aclarame todo esto…gracias..
Hola Mariela
Ni para tu mamá, ni para tu hermana.
Conforme a la ley del D.F., a tu mamá se le respeta el 50% que ya tiene por la sociedad conyugal y el otro 50% queda repartido entre todos los hijos de tu papá (incluídos los que estén fuera de matrimonio)
Por otro lado, tu hermano no tiene nada qué firmar que afecte el testamento de tu mamá, únicamente ella es quién puede modificarlo.
Si deseas mayor información, comunícate conmigo en ocampoarch@hotmail.com
Saludos.
Me dijo un primo que el repudio que hicimos no sirve y puede ser invalidado por un juez porque no se hizo correctamente, ya que en el repudio que hicimos ante notario dice:
Yo fulano de tal, repudio mi herencia en favor de fulano de tal con respecto a la casa ubicada en la calle de …tal.tal.tal.tal.. Según eso no se debió poner que repudiaba en favor mío, sino nada más que repudiaba la herencia y ya y tampoco se debió especificar el inmueble. Es cierto? No sirve entonces?
Hola Manuel
Efectivamente, no sirve el repudio, lo que hicieron fue una cesión de derechos y no un repudio.
Saludos.
Que tal Lic. quisiera consultarte lo siguiente.
lo que pasa es que me venden una casa pero la persona que me la vende dice que esta casa se encuentra aun a nombre de su padre quien ya fallecio pero que el tiene una resolucion en que a sido declarado como unico y universal heredero de los bienes de su padre que fue dictada en un juicio sucesorio testamentario, pero que la albacea de dicho juicio es una de sus tias por que asi lo dispuso su padre, en conclusion quisiera saber si el puede hacer la venta directamente de la casa y en su caso para que se me pueda escriturar ante notaio publico o tendria yo que realizar un tramite judicial?
Hola Mauricio
Como podrás ver en el blog donde escribes, sí es posible realizar la operación que consistiría en hacer la adjudicación de tu vendedor y en forma simultánea tu compraventa.
Para saber si tu vendedor no tiene ningún problema en realizar la operación habría que revisar sus documentos.
Si gustas te puedo ayudar en dicha revisión, por favor contáctame en ocampoarch@hotmail.com
Saludos.
cuál es el procedimiento para abrir un testamento. así como para legar a la radicación. todos los herederos estan de acuerdo.
gracias
Hola Gris
En la siguiente parte de mi blog tengo desarrollado el tema: https://ocampoarch.wordpress.com/2006/05/22/fallecio-mi-pariente-y-dejo-testamento-ante-notario-%c2%bfque-debo-hacer-sucesion-testamentaria/
Si gustas que te apoye en algo más, contáctame en ocampoarch@hotmail.com
Saludos.
Hola,
Somos varios herederos, estamos casi en la parte de adjudicacion del inmueble, mi pregunta es: no queremos escriturar a nombre de los herederos porque queremos vender, se puede hacer un documento donde quede estipulado esto y cuando haya comprador, se hacen las escrituras?
gracias y saludos,
Hola Raquelita
Se puede hacer un convenio donde todos están conformes en llevar a cabo la venta del inmueble, pero NO PUEDEN DEJAR DE ESCRITURARSE, en dado caso lo que se puede hacer es llevar a cabo la escritura simultánea de ustedes y del comprador, el problema que esto representa es que a muchos bancos no les gusta hacer esto último y piden que ya esté escriturado a nombre de los herederos.
Si gustas mayor información, comunícate a ocampoarch@hotmail.com
Saludos.
Hola Licenciado, soy Rolando, queria hacerle una consulta. es posible que alguien pueda ceder sus derechos hereditarios despues de la muerte del causante, sin haber sido declarado heredero? Segun le entendi en su blog no se puede hasta que exista una sentencia de juez, ya que hasta ese momento hay certeza Juridica, es asi?Gracias..
Hola Rolando.
De ser posible, sí lo es, aunque para tener la certeza de que es heredero como dice ser únicamente lo logras con la sentencia del Juez. El hacer la cesión antes de la sentencia, implica que existe entre las partes la suficiente confianza para saber que la persona fallecida lo dejó como heredero.
Saludos.
Hola Licenciado, soy Joaquin
Queria hacerle una pregunta, somos siete ermanos y ay una casa de pormedio mi mama vive pero no tiene y tanpoco puede hablar nesecitamos
de poner la casa a un nomber de un hermano todo los hermanos tiene que estar de aquerdo o nada mas la mallor marte de los hermanos?
Saludos.
Hola Joaquín
Perdón, pero no entiendo bien cuál es tu asunto, por favor contáctame en ocampoarch@hotmail.com
Saludos.
NO ENTTIENDO BIEN ESA PARTE EN LA CESION DE DERECHOS HEREDITARIOS…PORQUE SI YO HEREDO DEBO PAGAR IMPUESTO..YO QUE CULPA TENGO DE HEREDAR? MAS BIEN SOLO DEBE PAGAR IMPUESTO AL QUE YO LE CEDO MIS DERECHOS CUANDO ESCRITURE A SU NOMBRE
Hola Vladimir
Estoy de acuerdo contigo, sin embargo, aquí en el DF el Código Fiscal graba con un impuesto a todo aquel que adquiere por herencia un inmueble, inclusive cuando cede sus derechos hereditaros. Tengo entendido que en algunas legislaciones locales los bienes adquiridos por herencia no causan impuesto alguno.
Saludos.
la ley de isr no habla de que deban pagar impuestos dos personas ..heredero y cesionario. art 152 de la ley de isr
Hola Vladimir
Efectivamente, tienes razón, pero yo en ningún momento hablo del ISR en mi blog, en realidad me estoy refiriendo al Impuesto por Adquisción de Bienes Inmuebles que prevée la ley local del DF.
Saludos.
MUCHAS GRACIAS!! SALUDOS!!
Saludos.
Hola, tengo un pregunta, mis papás se casaron por sociedad conyugal, los bienes están a nombre de mi mamá, mi papá falleció hace 2 años, mi mamá hizo su testamento, ahora que nos comenta que ha dejado los bienes a sus 3 hijas, un notario le advirtió que mi papá no le cedió el 50% de las propiedades y que ahora tiene que tramitar un juicio testamentario que además de lento es carísimo. Qué puede hacer mi mamá?
Hola Adrianella
Desafortunadamente no hay otra opción que el juicio, en lo que sí tienen opción es en contratar a un abogado que no les cobre tan caro o bien acudir a la defensoría de oficio o al DIF.
Saludos.
Hola. Ya inicié un proceso de adjudicación de herencia testamentaria en el D.F. y quisiera saber qué impuestos se pagan por Adjudicación y cuáles por Escrituración (y si hay otros más). Hay dos licenciados que trabajan para diferentes notarios (uno del DF y otro de Puebla) y me dice el de Puebla que allá se paga un porcentaje menor en impuestos y que me conviene hacer todo el trámite allá y el del DF dice que los impuestos son iguales en todo el país, pero una amiga dice que ella escrituró más barato en Puebla que en el DF por los impuestos. Mi pregunta es quién dice la verdad (¿ son el mismo costo y tipo de impuestos en DF que en otros estados cercanos?) , y si en realidad es más barato en Puebla, ¿puedo hacer todo el trámite allá aunque el testamento y el inmueble sean del DF? Gracias.
Hola Adolfo
Ya sea que escritures en Puebla o en el DF, si el inmueble está aquí, entonces tienes que pagar los impuestos de aquí (cada entidad tiene sus propios impuestos) y yo creo que sería más caro escriturar allá, pues existen trámites que se tienen que realizar forzosamente aquí, por lo que el notario de Puebla tendría que enviar a tramitarlos y ¿quién le va a pagar esos viáticos?
Si gustas, colaboro también en una Notaría, por lo que puedo darte una mayor información si concertamos una cita, por favor contáctame en ocampoarch@hotmail.com
Saludos.
SOY COHEREDERO EN UN JUCIO SICESORIO TESTAMENTARIO Y LA ALBACEA PIDIO LAS ESCRITURAS DE LAS UNICAS DOS PORPIEDADES HEREDADAS AL JUEZ CIVIL PERO ME CUENTAN DOS DE MIS 5 HERMANAS, QUE LA ALBACEA NOMBRADA EN EL TESTAMENTO QUIERE DAR EN GARANTIA UNA DE LAS ESCRITURAS PARA PEDIR UN PRESTAMO Y NO PIDIIO AUTORIZCION A NADIE!! PUEDE ELLA HACER ESTO? Y SI LO PUEDE HACER COMO SE EVITA QUE LO HAGA?
Hola Valdimir No es posible que el albacea d en garanta un inmueble que forma parte de una herencia. Saludos. > Date: Fri, 14 Sep 2012 15:22:01 +0000 > To: ocampoarch@hotmail.com >
ES QUE AQUI EN MICHOACAN HAY UN PROGRAMA DE GOBIERNO QUE ACEPTA ESCRITURAS ASI SIN INVESTIGAR SI SE TRATATA DE UNA PROPIEDAD QUE ESTA EN JUICIO
Entonces habra que hacerle del conocimiento del Juez y a su vez que ste le informe a la dependencia de gobierno que no otorgue crdito alguno. Saludos. > Date: Mon, 17 Sep 2012 16:06:01 +0000 > To: ocampoarch@hotmail.com >
YO ENTIENDO QUE SI TUVIERA EXITO Y LE DIERAN DINERO ESO SERIA ALGO ILEGAL Y PODRIA IRSE HASTA LO PENAL …A MI ME GUSTARIA SABER SI EXISTE LA FORMA DE RETENER LAS ESCRITURAS EN EL JUZGADO MIENTRAS SE HACE LA REVOCAION DE LA ALBACEA.
S, dndole aviso al Juez Saludos. > Date: Mon, 17 Sep 2012 16:09:14 +0000 > To: ocampoarch@hotmail.com >
SU INFORMACION FUE DE MUCHA AYUDA MUCHISIMAS GRACIAS!!
Me da gusto que te haya servido la informacin. Saludos. > Date: Tue, 18 Sep 2012 22:30:34 +0000 > To: ocampoarch@hotmail.com >
Hola Lic. Ocampo.. Mi nombre es Cuauhtémoc Martínez.. Lo felicito por realizar esta página informativa.. Soy nuevo en esto del internet y ni siquiera sé si usted leerá este msje.. Sólo le pediría de favor, que nos dijera su nombre y algún tel. para llamarle.. Gracias y Felicitaciones.
Hola Cuauhtémoc.
Gracias por las felicitaciones.
Mi nombre completo es Adolfo Ocampo Archundia y si gustas conáctame en ocampoarch@hotmail.com.
Saludos.
Buen día lic. Agradezco su atención para todos y cada uno de los comentarios, mi pregunta es mi abuela falleció y estaba casada x bienes mancomunados con mi abuelo aun con vida, este ultimo pretende vender el 50% de una propiedad adquirida durante el matrimonio, él puede hacer esto sin necesidad de un procedimiento especia dado que mi abuela no testó? Y la siguiente pregunta es si algún hijo de mi abuelo puede vender junto con mi abuelo la supuesta parte que le corresponde como herencia de mi abuela (parte del otro 50% del mismo terreno) sin que se haya interpuesto juicio de intestado estando de acuerdo todos los herederos en esta venta de mi abuelo y su hijo
Hola Ana
No pueden hacerlo ni tu abuelo ni él con su hijo y si lo llegaren a hacer sería una venta nula y por lo tanto podría ser hasta un fraude para el comprador y abuso de confianza para los coherederos.
Si gustas contáctme en ocampoarch@hotmail.com para que pueda darte más información.
Saludos.
hol mellama cecilia e ramirez cabrera busco a una persona que asepte la donacion de mi erencia que es la mitad de 360.91metros cuadrados lo unico esque meayuden
Hola Cecilia
Contáctame en ocampoarch@hotmal.com para que me puedas dar más información indicando de que parte de la República me escribes.
Saludos.
Buenos dias,
Una consulta, a donde puedo acudir para saber si un familiar dejo testamento, vivio en el estado de puebla.
Gracias.
me urge tener una respuesta, espero pronto recibir la amable atencion de su parte.
Saludos cordiales.
Hola Mayela
Disculpa la tardanza en contestar.
Saludos.
Hola Mayela
Tienes que iniciar un juicio sucesorio intestamentario, por lo que tienes que acudir a un abogado.
Saludos.
QUE TAL LIC. BUENOS DIAS.. MI PREGUNTA ES: TENGO 6 HIJAS A LAS CUALES LE QUIERO HEREDAR UN TERRENO QUE A SU VEZ YA ESTA CONSTRUIDO POR ALGUNA DE ELLAS DENTRO DEL TERRENO, YO YA HICE UN TESTAMENTO EN EL CUAL LE DEJO POR PARTES IGUALES DENTRO DE ESE BIEN INMUEBLE,, MI PREGUNTA ES: PUEDO VOLVER A HACER OTRO TESTAMENTO E INCLUIR CON MEDIDAS Y TODO PARA CADA UNA DE ELLAS?? ESPECIFICANDO QUE PARTES SERIAN PARA CADA UNA DE ELLAS??
Hola Miguel
Le mejor sería que hicieras una subdivisión del inmueble y dejaras a cada una el lote que le corresponda.
Si gustas contáctame en ocampoarch@hotmail.com para que pueda ayudarte.
Saludos.
Buenas tardes Lic, le escribo del Puerto de Veracruz, Ver. con la siguiente duda: somos 5 hermanos y mediante el juicio sucesorio intestamentario ya fuimos declarados herederdos y el juicio continua. Pero resulta que una hermana le cedio a otra su parte y a su vez, esta hermana que ya tenia dos partes le cedio una parte a un tercero sin ofrecerla a los demas herederos, la pregunta es si podemos invalidar esta cesion que hizo nuestra hermana al tercero. Espero su respuesta, gracias. Saludos
Buenas tardes Lic, le escribo del Puerto de Veracruz, Ver. con la siguiente duda: somos 5 hermanos y mediante el juicio sucesorio intestamentario ya fuimos declarados herederdos y el juicio continua. Pero resulta que una hermana le cedio a otra su parte y a su vez, esta hermana que ya tenia dos partes le cedio una parte a un tercero sin ofrecerla a los demas herederos, la pregunta es si podemos invalidar esta cesion que hizo nuestra hermana al tercero. Espero su respuesta, gracias. Saludos
Hola Rosario
Si, es anularla mediante un juicio.
Saludos.
Hola Rosario
Si, es posible.
Saludos.
Buenas tardes Lic, le escribo de gto. gto. mi caso es el siguiente:Mi madre murió hace 6 meses y dejo su casa intestada somos 2 hermanas y las 2 estamos casadas yo vivo aparte, mi hna. vive en casa de mi mama´el problema es que a mi hna le molesta que yo valla a la casa incluso me ha llegado a correr se molesta de cualquier cosa que yo le pregunto de los objetos personales de mi mama´ puesto que han desaparecido varios objetos de valor de mi madre.yo no se como pedirle que me rinda cuentas de las cosas de mi madre puesto que ella y su pareja son muy agresivos.y lo peor del caso es que mi madre estaba casada por bienes separados,no se si mi padre vive ya que nunca se ha hecho cargo de nosotras,yo ya tengo 36 años y solo lo he visto una sola vez en toda mi vida ,y la duda que tengo es que si el viviera también tendría derecho sobre los bienes de mi madre.De antemano muchas gracias por su respuesta.
Hola Yuliana.
Tienes que iniciar un juicio para reclamar la parte que te corresponde.
Conforme a la ley del DF si tendría derecho tu padre si no hubo divorcio.
Si gustas contáctame en ocampoarch@hotmail.com
Saludos.
Buenas tardes Lic. Ocampo. espero pueda ayudarme, sucede q mis padres ya hicieron testamento dejando como herederos a mis 10 hermanos y a mi. La cuestion es que ellos (mis hermanos) no quieren absolutamente nada y estamos de acuerdo en que la casa se le quede a mis 2 hermanos menores, acudi con un abogado y me dijo q lo mas conveniente era revocar el testamento y hacer uno nuevo con la subdivision de terreno para que a mis 2 hermanis se les dejen por partes iguales. Acudi al notario con mis señores padres pero me dice estan incapacitados para revocar el testamento debido a su avanzada edad, entonces quien tiene el poder y derecho de revocar el testamento sino son ellos??? que puedo hacer?? seria mas facil q todos mis hermanos le cedieramos el derecho a mis 2 hermanos menores?? como puedo hacer para q se revoque el actual testamento y quede como mis padres desean??
Muchas gracias Lic.
Hola Adrian
Por favor contáctame en ocampoarch@hotmail.com para que te pueda ayudar.
Saludos.
Hola mi madre tiene una hipoteca pero desde hace 2 años me dijo que ella no podría pagarla más que si quería la casa lo hiciera yo o que el banco recogería la casa, así que llevo 2 años y 4 meses pagando las mensualidades que faltan para no perder la casa, la cuestión es que mi madre lleva 1 año casada por lo religioso y 23 años viviendo con esa persona, el no tiene hijos sanguíneos, el de buena fe me dijo la casa es tuya, pero que debo hacer para que la casa al morir mi madre sea mía realmente, no tengo mucho dinero para dar de golpe y no se cuanto de impuesto me cobrarías, ya sea por herencia, compraventa o traspasó… Y si no logro pagar de golpe cuando ella muera, se pierde… Me ayuda a entender por favor
Hola
Debes al menos hacer un contrato privado de compraventa y un testamento.
Por favor contáctame en ocampoarch@hotmail.com para que pueda ayudarte.
Saludos.
Licenciado muchisimas gracias por su apoyo, tengo una duda, estamos en espera de que se apruebe el poyecto de participacion y adjudicacion de una casa, del 50 % de mi abuelo que quedo intestado, todo esto a a favor de mi abuela, pero tenemos comprador, la pregunta es podemos ceder los derechos del 50 % que se adjudicara a mi abuela a un tercero comprador y poder asi tambien mi abuela vender su 50%.
todo esto con el fin de que no se escriture a favro de mi abuela si no al que va a comprar la propiedad es possible esto?
Hola Javier
Sí es posible, sin embargo fiscalmente de cualquier forma hay que pagar 2 impuestos.
Si gustas contáctame en ocampoarch@hotmail.com para que pueda darte más información.
Saludos.
Saludos.
SOY ARGENTINO Y VIVO EN LA ARGENTINA.
SOMOS TRES HERMANOS MAYORES DE EDAD.EL AÑO PASADO MURIO MI MADRE Y LA SUCECION ESTA INICIADA.MI PADRE SIGUE CON VIDA Y VIVE EN EL INMUEBLE QUE ESPARTE FUNDAMENTAL DE LA HERENCIA.
YO QUIERO SABER SI PUEDO VENDER MIS DERECHOS HEREDITARIOS A UN TERCERO PARA NO TENER QUE ESPERAR QUE SE TERMINE LA SUCESION
Hola Hugo
Me encuentro en México, acá si se podría, ignoro allá.
Saludos.
BUENAS TARDES
EL CASO ES ESTE SOMOS 5 HEREDEROS, YO QUIERO VENDER MI PARTE,, ES UN INTESTADO, LA HERENCIA ES SOLO UNA PROPIEDAD, ESTAMOS EN LA SEGUNDA ETAPA, AVALUO, PERO QUIERO CEDER O VENDER MIS DERECHOS A UN TERCERO, PUES NO CREO QUE ALGUNO DE MIS HERMANOS PUEDA COMPRARME, SE PUEDE VENDER MI PARTE AUNQUE LOS DEMAS NO QUIERAN, PUEDEN OPONERSE A VENDERSELO A UN TERCERO SI SON MAYORIA, NO ME INTERESA SEGUIR EL HUICIO PUES NADIE QUIERE PAGAR NADA NI LAS DEUDAS
DONDE ACUDIR EN EL DF PARA QUE UN TERCERO SE INTERESE POR COMPRAR LA CESION DERECHOS QUE ME TOCA
GRACIAS
Hola Joel
Sí, puedes ceder tus derechos aunque los demás se opongan, previa notificación que les hagas.
El problema radica precisamente en encontrar comprador.
Saludos.
BUENAS TARDES!!!! SOY VIUDA Y ESTOY PROMOVIENDO UNA SUCESIÓN INTESTAMENTARIA A BIENES DE MI ESPOSO, NUESTRO UNICO PATRIMONIO ES LA CASA EN LA QUE VIVO ACTUALMENTE, LA CUAL NUNCA SE ESCRITURO PORQUE EL QUE NOS LA VENDIO MURIO ANTES DE FORMALIZAR DICHA COMPRAVENTA, SIN EMBARGO, LA VIUDA DEL SEÑOR QUE NOS LA VENDIO, SI ME RECONOCE COMO DUEÑA DE ESE PREDIO, PERO RESULTA, QUE UNAS PERSONAS ENGAÑARON A LA ESPOSA (VIUDA) DEL QUE NOS VENDI+Ó LA CASA HACIENDOLE FIRMAR UNA ESCRITURA PÚBLICA DE CESION DE DERECHOS HEREDITARIOS SOBRE DICHO BIEN, INCLUSIVE PROMOVIERON UN JUICIO DE ACCIÓN PLENARIA DE POSESION EN MI CONTRAM PARA DESPOJARME DE MI CASA, PERO ESTE JUICIO NO LO ACREDITARON Y AHORA NO SE QUE ES LO QUE TENGO QUE HACER PARA ANULAR SU ESCRITURA, LA SEÑORA O VIUDA DEL QUE NOS VENDIO ESTA DISPUESTA A AYUDARME PARA ANULAR ESA ESCRITURA, PERO COMO LE HAGO??????
Hola Rafel
Se tiene que llevar a cabo un nuevo juicio.
Saludos.
Hola me divorcié en el año 1972, mi abogado nunca llevó la sentencia al registro civil del D:F: por lo tanto para la ley soy casada, no tengo el numero de expediente, ni el No. del juzgado, el abogado que ya falleció solo me entregó fotocopia de la sentencia, la que entregué a Relaciones Exteriores para que mi hija viajara conmigo fuera del país, ahora quiero reclamar mi derecho para recibir una pensión del 25% de las percepciones económicas de mi ex marido, prescribe este derecho? y desde cuando lo puedo obtener?
Hola Maricela
Sí es posible pedir pensión, por favor contáctame en ocampoarch@hotmail.com para que pueda ayudar.
Saludos.
hola soy Blanca, mi papá y sus hermanos están en un juicio intestamentario desde 1971, y uno de los herederos ya no quiere saber más de dicho juicio porque no ha pasado a la segunda sección, y quiere repudiar pero a la vez ceder sus derechos a dos coherederos, esto es posible Licenciado.
Hola Blanca
No es posible el repudio, pero sí puede hacer una cesión de derechos a favor de sus 2 hermanos, por favor contáctame en ocampoarch@hotmail.com para que pueda ayudarte.
Saludos.
licenciado gracias por orientarme, la cesión de derechos se puede realizar ante el secretario de la mesa en el que esté radicado el intestado,
Hola Blanca
Así es.
Saludos.
Hola Licenciado buenos días, recientemente acaba de fallecer mi madre de la cual yo soy su único hijo, ademas de dejar un testamento publico abierto, siendo yo su heredero universal, ella tiene escrituradas a su nombre 2 casas una en el d.f. y otra en el estado de mèxico, es necesario iniciar un juicio testamentario, o puedo presentarme a una notaria y presentar las escrituras de las casas y el testamento para que me hagan las nuevas escrituras a mi nombre? estos tramites llevan cobro de impuestos? agradezco mucho su atención a mi pregunto y agradeceré infinitamente su respuesta.
Hola Miguel
Sólo necesitas presentarte a la notaría para hacer los trámites correspondientes para que las escrituras queden a tu nombre y sí, hay que pagar impuestos.
Por favor contáctame en ocampoarch@hotmail.com para que pueda ayudarte pues colaboro en una notaría en el DF.
Saludos.
MI MADRE FALLECIO HACE NUEVE AÑOS, DEJO UN TESTAMENTO DONDE DECLARA HEREDEROS A MIS DOS HERMANOS Y A MI; ASIMISMO NOMBRO COMO ALBACEA A UNO DE MIS HERMANOS. HICIMOS UN AVALUO DE LOS BIENES Y DECIDIMOS REPARTIRNOS POR PARTES IGUALES EL MONTO DE ESOS BIENES. LA PARTE QUE LE CORRESPONDE A UNO DE MIS HERMANOS ( EL ALBACEA) FUE ADQUIRIDA POR MI MEDIANTE COMPRA-VENTA. NO FUE POSIBLE DOCUMENTAR ESTA OPERACION PORQUE SUFRIO UN INFARTO CEREBRAL. COMO PUEDO DOCUMENTAR ESTA CONTRA-VENTA. POR OTRA PARTE QUE SE DEBE HACER PARA SUSTITUIRLO DE LA RESPONSABILIDAD DE SER ALBACEA, SU ESTADO DE SALUD ES CRITICO.
Hola Ambrosio
Si tuvieras algún comprobante del pago que le hiciste, eso podría servir.
En cuanto al nombramiento se le puede dispensar del cargo y nombrar otro.
Por favor contáctame en ocampoarch@hotmail.com para que pueda ayudarte.
Saludos.
MI ABUELA HEREDO A 4 DE SUS HIJOS SUS VIVIENDAS, LAS CUALES SE ENCUENTRAN EN UN MISMO TERRENO, HASTA AHORA LLEVAN 10 AÑOS INTENTANDO OBTENER SUS RESPECTIVAS ESCRITURAS SIN HABERLO LOGRADO Y PARA ACABARLA HACE POCO MURIO UNO DE LOS HEREDEROS, MI PREGUNTA ES: CUAL SERIA EL CAMINO A SEGUIR? O QUE RECOMENDARIA?
Hola Gabriel
Necesito tener más información para poderte ayudar, por favor contáctame en ocampoarch@hotmail.com
Saludos.
Perdon Licenciado, creo que no se publicó mi anterior comentario,
Es valido que un Juez en materia Civil en un Juicio Reivindicatorio valide una cesión de derechos hereditarios que hace una persona que fue heredera de un juicio intestamentario, la realice a su hermano para que no lo saquen del terreno, por que en todo caso el competente es un Juez de lo Familiar no? Ahora en el Juicio reivindicatorio ya existe sentencia ejecutoriada desde 2011 y el este año quieren hacer valer dicha cesión
Hola Juan
No lo creo válido, porque ya existe la sentencia de desalojo.
Saludos.
Mi padre murió intestado pero me dejo una carta firmada por el y mi madre de unos locales que yo les hice, mi mamá si hizo testamento donde especifica sus bienes 2 casas y 2 terrenos, uno ya esta a nombre de mi hermana para que ella arreglo todo lo de la compra y seria su herencia, mi madre en el testamento me deja los locales y deja una carta notariada donde especifica quienes son sus hijos ya que registro a una sobrina a la que quiero mucho pero no es mi hermana.. ahora resulta que la carta de mi padre escrita con su puño y letra no vale y la acta de mi sobrina si y mi hermana que ya tenia su herencia a su nombre entra en los bienes de los demás..
Hola Bertha
Efectivamente, la ley prevé formas para hacer las cosas y si no se hacen así, entonces no son válidas y surgen este tipo de problemas, motivo por el cual siempre es necesario asesorarse, pues las formas están establecidas para protegernos (en teoría).
Pero si los 3 están conformes con la voluntad de tus padres, puede cumplirse.
Por favor contácteme en ocampoarch@hotmail.com
Saludos.
hola soy heredera de la 12a parte de una propiedad,y hoy me avisaron que debo de presentarme ante la albacea para la sucesion de derechos y me quieren cobrar el mantenimiento de la propiedad por 2 años que para mi es mucho dinero,es correcto?
Hola Emiliana
Sí.
Saludos.
Rodolfo
Hola Licenciado: podría usted decirme cual es la diferencia entre realizar una cesión de derechos hereditarios ante notario público y ante el secretario de acuerdos donde se lleve el intestamentario
Hola Rodolfo
Jurídicamente, no hay diferencia.
Si gustas contáctame en ocampoarch@hotmail.com
Saludos.
Somos herederos se una cass mi hermano y yo mis papas fallecieron pero el terreno era de fomerrey pero esta todo pagado hasta las escrituras pero toda vía no salen la escrituras solo tenemos los recibos sonde esta pahdo todo y keremoa vensder ardiendo loa derechos ante notario pero no hicieron testento mis papas y keremos vende por k la casa esta sola desde. Hace. 1año y nosotros tenemos cada kien su casa si se podrá seder los derechos
Hola Elsa
Si no hay más biene, sí podrían ceder.
Por favor contáctame en ocampoarch@hotmail.com para que pueda ayudarte.
Saludos
HOLA LIC.
TENGO MUCHAS DUDAS PERO SE LAS TRATARE DE RECUMIR ESPERO ME PUEDA RESPONDER
MI MADRE Y MI ABUELA EN EL 2008 HEREDARON UNA CASA O TERRENO
(50% Y 50% )
PERO MI MAMA SE ENFERMO FUERTEMENTE ( SUFRE ESQUIZOFRENIA ) EN EL 2009
ENTONCES MI ABUELA DECIDIO VENDER SU «PARTE »
TODO ESTABA BIEN HASTA QUE MI MAMA QUISO REGRESAR A SU CASA Y SE DIO CUENTA QUE YA HABIA SIDO DERIBADA Y HABIAN CONSTRUIDO OTRA !
EN EL 2011 NOS ENTERAMOS QUE MI ABUELA Y TIOS HABIAN VENDIDO LOS DERECHO HEREDITARIOS EN UN CONTRATO PRIVADO DE COMPRA VENTA !
CUANDO QUISIMOS HABLAR CON EL COMPRADOR NOS AMENAZO DE DEMANDARNOS POR FRAUDE SI LO DENUNCIABAMOS .
MI ABUELA Y EL COMPRADOR ROBARON LAS ESCRITURAS Y EL TESTAMENTO ASI QUE DEL 2011 A LA FECHA NO SABEMOS LA SITUACION DE LA CASA.
CABE RECALCAR QUE MI MADRE ESTUVO ENFERMA DURANTE 2009/2012
Y POR SU ENFERMEDAD NO RECUERDA HABER FIRMADO NADA.
LO QUE QUIERO SABER ES QUE PROCEDE O QUE PODEMOS HACER MUCHAS GRACIAS Y OJALA ME PUEDA AYUDAR.
Hola Leslie
Por favor contáctame en ocampoarch@hotmail.com para que pueda ayudarte.
Saludos.
Disculpa, acabo de embargar los derechos sucesorios de una persona y me gustaría saber ¿cuál es el artículo que me permite realizar la almoneda de dichos derechos una vez que ya fueron valuados por los peritos? Gracias.
Hola Alan
Depende de tu legislación local.
Saludos.
Hola
Disculpe la molestia, mi madre falleció hace unos años y heredo a mi y mis hermanos el departamento donde ahora vivo, yo posterior a su muerte le compre a mis hermanos sus derechos para yo quedarme donde ahora vivo y me firmaron un contrato privado (en papel y en pluma donde me venden sus derechos). A quien me tendría que dirigir para arreglar esta situación? y ellos tendrían que acudir ? o basta con tener sólo el documento que ampare que ellos me vendieron?
De antemano gracias por su ayuda y disculpe si la pregunta es tonta
Hola José Antonio.
Por favor contáctame en ocampoarch@hotmail.com para que pueda ayudarte.
Saludos.
Buenos días cómo pago los impuestos por herencia antes de la adjudicacion no tengo efectivo sólo los derechos se pueden vender y no por subasta pública
Hola Maritza
Por favor contáctame en ocampoarch@hotmail.com para que pueda ayudarte.
Saludos.
Buenas tardes, por favor una consulta,
Mi abuelo murió hace un año para esta época, el tenia una casa y no dejo herencia, el se fue a vivir con una persona diferente a mi abuela, se encuentran en discusión debido a que la 2da esposa de mi abuelo no quiere vender la casa para repartir la herencia, y tampoco quiere comprar los derechos de mis tíos y mi mama, aparte de eso se esta beneficiando arrendando la casa a 3ros, mi mama quiere vender sus derechos a un tercero debido a que nadie quiere interponer un juicio de sucesión ni le quieren comprar sus derechos, como es posible esto???
Hola Lina
Todo es posible cuando interviene un ser humano y peor aún cuando son varios (cómo pudo convencer un loco alemán a ir a la guerra perdida a todo un país?, de la misma forma que hoy en día tenemos guerra, porque todos queremos jalar la cobija para nuestro lado).
Si gustas contáctame en ocampoarch@hotmail.com para que pueda ayudarte.
Saludos.
muy buena la pagina para resolver toda duda y problema los felicito
Gracias Ernestina.
hola buenas noches necesito saber mi padre fallecio hace 13 años hay sucesion mi madre vive, somos dos hermanas ( las dos con hijos) ahora bien se que al fallecer mi padre quedaria un 25% de mi hermana un 25% mio y un 50% de mi mama pero mi pregunta es mi mama puede vender su 50% a su nieto (hijo de mi hermana y que papeles deben hacerce para que figure esa venta?
Hola Mara
Sí, tendría que hacerse una escritura.
Por favor contáctame en ocampoarch@hotmail.com para que pueda ayudarte.
Saludos.
BUENAS TARDES TENGO UNA PREGUNTA MI MADRE PROMOVIO UN JUICIO DE SUCESION LEGITIMA EN MATERIA AGRARIA PERO NO SE CONTEMPLARON TODOS LOS BIENES HABIA MAS PROPIEDADES Y SE DICTO SENTENCIA SOBRE UNA PARTE DE LOS BIENES PUEDE PROMOVER OTRO JUICIO DE SUCESION LEGITIMA PARA PELEARLOS?
Hola Dalia
No, debe ampliar el inventario de los bienes dentro del mismo procedimiento.
Saludos.
Buenas Tardes.
Mi familia y yo tenemos algunas dudas respecto a las escrituras de la casa de mi mamá, que a su ves le fueron heredadas como única y universal heredera por mi abuela. Ahora esa casa la quiere vender.
Contamos con titulo y escrituras de la propiedad a nombre de mi abuela.
También contamos con el Testamento donde mi abuela instituye a mi mamá como única heredera legándole todos sus bienes. Y contamos asimismo con el testamento de mi mamá que nos deja a sus hijos sus bienes.
Nos vemos en necesidad de vender la propiedad, pero propiamente mi mamá no cuenta con escrituras de esa propiedad a su nombre y solo tenemos lo ya dicho. ¿Es necesario que tenga las escrituras a su nombre o con los testamentos es suficiente y cuáles serían los pasos a seguir?
De antemano, agradezco la atención.
Hola Cristian
Es necesario que tenga las escrituras a su nombre para poder vender, sin embargo, nada impide que se hagan los trámites a su favor y de venta en forma simultánea.
Por favor contáctame en ocampoarch@hotmail.com para que pueda ayudarte.
Saludos.
Buena tarde Licenciado Ocampo; mi papá falleció hace 1 año, sin testamento, y quedamos mi mamá, 2 hermanas (una vive en Suiza) y yo; ninguno tenemos hijos es decir nietos de mis papás… estaban casados en bienes mancomunados… El plan es que todos los 3 hermanos repudiemos para que nuestra mamá quede como heredera única… Quisimos iniciar el trámite en Notaría pero nos dicen que tendría que ser una cesión de derechos (que causa un impuesto nos dicen) y que los hermanos de mi papá es decir mis tíos tendrían derecho a heredar también… Cabe señalar que todos los tíos ya murieron… Muchas gracias por su ayuda!!
Hola Lalo
Por favor contáctame en ocampoarch@hotmail.com para que pueda ayudarte.
Saludos.
Buen día Licenciado,
Una pregunta: Mi abuelo falleció hace 3 años y me dejó en su testamento una casa. El juicio todavía no se inicia ni si quiera pero como la casa está en otra ciudad, un tío que vive en ésta ciudad, que figura como albacea en el testamento y que tenía las llaves de la casa, es el que la ha estado ocupando, rentándola y prestándola a otra persona.
En virtud de que todavía no se inicia el juicio, quiero saber si puedo obtener la posesión de la misma hasta en tanto no empiece y se culmine el mismo. Leí en un artículo del código civil del estado en donde se encuentra la casa, lo siguiente: La posesión de los bienes hereditarios se transmite a los herederos y a los ejecutores universales, también por ministerio de la ley, desde el momento mismo de la muerte del autor de la sucesión, salvo lo dispuesto en el artículo 751.
Por lo tanto, entiendo que la posesión debió haber sido mía desde el momento del fallecimiento de mi abuelo y ahora la quiero obtener pero no sé cómo hacerlo antes de llevar el juicio.
Gracias de antemano y saludos.
Hola Sergio
Si no te la da por la buena, sólo te queda el juicio para pedirla.
Por favor contáctame en ocampoarch@hotmail.com para que pueda ayudarte.
Saludos.
Buen día.
Puedo ceder mis derechos de una casa que me heredó mi abuelo a un tercero? Y si puedo vender esa parte?
Hola Guadalupe
Sí puedes, pero si tienes más coherederos ellos tienen preferencia para adquirirlos.
Por favor contáctame en ocampoarch@hotmail.com para que pueda ayudarte.
Saludos.
Hola buenas noches podria ayudarme en un problema familiar, el caso es que mi papa utilizo en vida dos apellidos distintos, como se le puede hacer para que determienen que es la misma persona, pero el ya fallecio
Hola Jessie
Se podría hacer una información testimonial ante notario.
Por favor contáctame en ocampoarch@hotmail.com para que pueda ayudarte.
Saludos.
Buenas tardes.
Mi abuelo heredó una casa a sus 6 hijos entre ellos a mi papá, ella falleció hace unos año y ahorita que se quiere arreglar el predio heredado, hay un par de los involucrados que quieren vender pero otros tres entre ellos el albacea dan largas al asunto. Me podría ayudar con mis dudas.
1. ¿A quién pasaría la parte de mi papa?(vive mi mama, un hermano y yo)
2. ¿En caso de no querer arreglar el asunto internamente (entre los seis herederos) como se puede arreglar?
3. ¿En caso de querer comprar uno de los beneficiarios pero solo la mitad desean arreglar y la otra mitad no, se puede dividir la propiedad?
Hola Marcos
1. A los 3.
2. No hay forma más que internamente.
3. Si permite cómoda división, sí.
Por favor contáctame en ocampoarch@hotmail.com para que pueda darte la información completa.
Saludos.
Bueno mi pregunta es que requicitos Necesito para comprar una copropiedad y que se agan las escrituras ami nombre
Hola Carlos.
Acude a la notaría de tu confianza.
Saludos.
Una pregunta: mi papa y su primo ganaron un juicio de 8 terrenos y yo para «mas fácil» le compre al primo de mi papa 5 lotes mediante un contrato Privado. Ahora que quiero escriturar sucede que el primo le falta un apellido (algo paso en el juicio que tiene dos apellidos) pero su acta dice uno. Quise escriturar y el dice que no es él y tiene razon porque a mi me vendio una persona con dos apellidos y no uno. Hice dos cosas: a) Reclame la herencia de mi papa, pero solo obtuve el 50% de los 8 terrenos (el ya vendio tambien los otros 3 con el nombre de dos apellidos). b) Lo demande para escriturar mis terrenos mas la mitad de los 3 que vendio. Mi pregunta es si voy bien o como le hago para recuperar mis 5 terrenos y las tres mitades. o ya no se pued?
Soy de SLP
Hola Roberto
Por favor contáctame en ocampoarch@hotmail.com para que pueda ayudarte.
Saludos.
Hola que tal buenas noches, le escribo porque tengo duda sobre lo siguiente: mi tío falleció y yo soy su heredera universal, pero el fallece antes de la liquidación conyugal y su ex pareja ahora intenta la acción de inoficiosidad de testamento porque ella alega que no se garantizaron los alimentos para ella, existen 3 casas y una de ellas esta en renta y ella lo percibe, quiero saber que debo hacer para que la señora no me quite la herencia
Hola Patricia
Habría que revisar tu expediente para poderte ayudar.
Por favor contáctame en ocampoarch@hotmail.com para que pueda ayudarte.
Saludos.
Buenas tardes
Mi consulta es
,somos dos hermanos ya tenemos la declaratoria y sucesión listas
.donde un juez dice que somos,dos herederos .ahora yo quiero vender pero mi hermano no quiere vender .. no llegamos a un arreglo.el usa la casa la alquila y no me deja entrar ala vivienda
quería saber si puedo vender mi parte ,la propiedad es una casa con 2000 metros de terreno .
Desde ya Muchas gracias saludos
Hola Pedro.
Sí puedes.
Saludos.
Hola que tal, mi duda es la siguiente;
Mi abuela paterna falleció y no dejo testamento era viuda y mi papá fue su único hijo el también falleció y por lo tanto me gustaría saber si los bienes pasan automáticamente a esposa e hijos o habrá que realizar algún trámite notarial de regularización?
Hola Jorge
Nada es automático en la administración pública, siempre se requiere del trámite notarial tratándose de inmuebles, pues de esa forma se asegura el estado la legalidad de los trámites.
Saludos.
Ok, con relación al tramite ya se lleva acabo nos dijeron que seria una sucesión que debería de pasar de mi abuela a mi papá y de mi papá a nosotros los hijos, ya se inició el trámite para cambiarlo de mi abuela a mi papá pero otra persona que tomo el cargo nos dice que no que seria pasarlo de mi papá a nosotros los hijos primero, pero si la propiedad esta a nombre de mi abuela. ¿Que seria aquí lo correcto?
Hola Jorge
Lo correcto es de tu abuela a tu papá y luego a ustedes, por favor contáctame en ocampoarch@hotmail.com para que pueda darte la información completa.
Saludos.
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hola mi lic. pongo antecedentes. mis suegros ya fallecieron ( hace 5 y 10 años respectivamente) y dejaron 3 propiedades en testamento publico abierto. los albaceas no «tienen tiempo» para arreglar, quedo como heredera mi esposa con 3 hermanos mas en una sola propiedad, alli vive mi cuñada y una concuña. la cuñada que vive alli no quiere arreglar ni da papeles ni han pagado el predio ni el agua a lo que le hemos dicho pagar de manera proporcional esos impuestos pero no quiere y da larga a las cosas. en el 2011 habia buena relacion y mi esposa y yo construimos en la azotea un departamento. a raiz de eso ya se han roto los lazos familiares y por mi cuñada nadie puede ( o quieren pues alegan no tener dinero) arreglar las otras propiedades. ya demandamos 5 veces a mi cuñada por robar correspondencia, dañar mi azotea, dejar basura en las areas comunes estorbando la entrada y los problemas no terminan, ni la autoridad ha hecho gran cosa. mi esposa y yo no queremos tener mas problemas con ella. podemos ceder o vender los derechos hereditarios? claro se que sera dificil y vender barato pero preferimos tranquilidad. es un dpto. de 90 metros muy amplio y bonito en la cdmx pegado al aeropuerto en la col. moctezuma.
agradecere su respuesta y si es necesario acudire con usted.
Hola Javier
Por favor contáctame en ocampoarch@hotmail.com para que pueda ayudarte.
Saludos.
Hola, mi papá dejo un terreno en veracruz del cual la mitad es de mi mamá y la otra mitad entre los 6 hijos y también entra ahí mi mamá, el caso es que tenemos derechos hereditarios, ya hicimos un plano de repartición como quedaría los lotes del terreno ya dividido, solo una hija no nos ha firmado nada de que si esta de acuerdo con ese plano, los demás incluyendo a mi mamá si estamos de acuerdo hasta con el valuador, el perito y todo, ahora mi pregunta es, mi mamá puede vender algún lote de los que le tocaría a ella? sin pedir la firma de la hija en desacuerdo? o podríamos escriturar nosotros ya nuestro lote? bueno le agradezco la atención prestada. 🙂
Hola Antonia
Por favor contáctame en ocampoarch@hotmail.com para que pueda ayudarte.
Saludos.
Hola, Buenos Dias, quiero vender la parte de mi herencia, ya fui nombrado por un juez uno de los herederos (mi familiar murio intestado) donde puedo acudir, hay algin despacho financiero que se caracterice por estas compras? podria yudarme por favor.
Hola Griss
Por favor contáctame en ocampoarch@hotmail.com para que pueda ayudarte.
Saludos.
Hola tengo otra duda, mis padres llevan más de 27 años separados, somos 3 hermanos de padre y madre y 2 hermanos de padre, cuando mis padres se divorciaron quedó acentado que la casa donde mi padre es dueño del terreno y mi madre de la construcción de la casa, pasaba a ser nuestra en el acta de divorcio, nosotros nos fuimos a vivir a otro lado ya qué mi madre se quedó con la tutela y mi padre se fue a vivir a la casa que según nos correspondía sin pagar nunca una renta, ni enviar jamás una pensión, mi padre se vuelve a casar y entonces su esposa y sus hijos crecen allí, mi padre y ella se separan y tenemos una hermana son retraso motriz así que mis tres hermanos estamos de acuerdo que mi hermanita siga allí, pero le aclaramos a la madre que en cuanto ella se vuelva a juntar con alguien la casa debe desocuparla… La cuestión es que para nosotros la casa es nuestra pues fue cedida por un juez en el divorcio, pero un día mi padre me amenazó en decirme que la casa era de el por qué había vendido a una tía «que en realidad solo es prestanombre» de esa casa, yo tengo entendido que sin la firma de mi madre, el no irse vender el terreno y ahora que nosotros somos mayores pues menos por qué nunca tuvo autorización de nadie, solo es un fraude para intentar quedarse con la casa y el terreno, pero nosotros no iremos dejar desamparados a mis hermanitos, ni a su esposa, pero tampoco deseamos que se quede con ella e intenté venderla por qué mi padre y mi madre juntos trabajaron para construir esa casa hasta de ayudantes de albañil le hicieron, así que tiene un significado muy grande, pero deseamos que ellos sigan viviendo mientras la madre siga soltera y bueno quizás algún día dividir la casa en quienes realmente lo necesiten de los 5 hermanos… Yo soy la mayor y mis hermanos me pidieron que checara esto, que debo hacer pera que no haya problemas en un futuro cuando alguno de mis padres fallezca
Hola
Tienen que hacer valer el divorcio para que tu padre no disponga del inmueble y sí puedan hacerlo ustedes.
Por favor contáctame en ocampoarch@hotmail.com para que pueda ayudarte
Saludos.
Buenas tardes Lic
Seria tan amable de asesorarme en donde acentar una secion de derechos para cobrar una parte de herencia y cuanto puede ser el costo de esto. De antemano muchas gracias.
Hola Rosa María
Por favor contáctame en ocampoarch@hotmail.com para que pueda ayudarte.
Saludos.